En base a lo antes expuesto éste Juzgado UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
1) SIN LUGAR: La demanda incoada por el ciudadano DAVID FELIPE SÁNCHEZ CÁRDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 5.799.211, de este domicilio, representado legalmente por el abogado HUGO EDUARDO MORALES MOSQUERA, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 5.783, en contra de los ciudadanos ÁLVARO VILLALOBOS OROÑO e IVONNE BEATRIZ LÓPEZ DE VILLALOBOS, mayores de edad, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad N° 3.274.902 y 3.933.144 respectivamente, de este domicilio, representados por los abogados JESÚS FUENMAYOR y NANCY QUINTERO venezolanos, mayores de edad, inscritos en el inpreabogado Nº 13.480 y 26.455 respectivamente, de este domicilio, relativo al juic.....