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Decisiones del dia 05/08/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 2640-2009 N° Sentencia : 309 Fecha: 05/08/2009
Procedimiento:
Resoluciòn Contrato Arrendamiento
Partes:
LUIS FERNANDO CASTRO GOMEZ VS. S.M. SALON DE BELLEZA Y ALTA PELUQUERIA ESPEJO, C.A. EN LA PERSONA DE LA CIUDADANA MARIBEL DEL CARMEN PIRELA NAVARRO
Resumen:
En los contratos de arrendamiento que tengan por objeto alguno de los inmuebles indicados en el articulo 1º de este Decreto-Ley, celebrados a tiempo determinado, llegado el día del vencimiento del plazo estipulado, éste se prorrogará obligatoriamente para el arrendador y potestativa mente para el arrendatario, de acuerdo con las siguientes reglas: a) Cuando la relación arrendaticia haya tenido una duración hasta de un (1) año o menos, se prorrogará por un lapso máximo de seis (6) meses... (Omissis)". Con vista a la doctrina, disposición legal y sentencias antes señaladas y por cuanto del libelo de la demanda se desprende que la parte actora demanda la Resolución del Contrato de Arrendamiento, con fundamento en el contrato de arrendamiento de autos, este Tribunal forzosamente debe pasar a analizar la naturaleza jurídica del instrumento fundamental
Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente : 2707-2009 N° Sentencia : 297 Fecha: 05/08/2009
Procedimiento:
Desistimiento
Partes:
MORELLA COROMOTO AMADO BRAVO VS. ATEMOGENES RINCON
Resumen:
Establece el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil lo siguiente: "Artículo 263.- En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria. El acto por el cual desiste el demandante o conviene el demandado en la demanda, es irrevocable, aun antes de la homologación del Tribunal." (Subrayado nuestro) Parafraseando al procesalista patrio ARÍSTIDES RENGEL ROMBERG, "(...) el desistimiento y el convenimiento en la demanda, llamados por la doctrina renuncia, o abandono, allanamiento o reconocimiento de la pretensión, constituyen en nuestro derecho, los dos modos unilaterales de auto composición procesal, que ponen fin al proceso y dejan resuelta la controversia con efectos de cosa juzgada."
Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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