DECLARA suficientes los Derechos que tienen los ciudadanos ALIDA RITA ESTRADA DE BARRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 1.690.803 e inscrita e el Inpreabogado bajo el Nº 7.251, actuando en su propio nombre y en interés de los coherederos JUAN GABRIEL BARRERA ESTRADA, CAROL BEATRIZ BARRERA GOTERA, GABRIEL IV BARRERA GOTERA y JAVIER JOSE BARRERA GOTERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. 19.988.546, 8.505.866, 8.505.865 y 10.428.908, respectivamente y domiciliados en la ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante GABRIEL ANTONIO BARRERA.