sin embargo la misma manifiesta que en el acta de defunción aparece que el de cujus dejo una hija llamada Deicy Trinidad Moreno, pero la misma es su hija más no de su hermano; ahora bien de una revisión de los documentos acompañados este Juzgado ha podido constatar que efectivamente en el acta de defunción se indica que el de cujus JESUS ANTONIO MORENO MORALES, falleció el cinco de Diciembre de 2.008, no dejó bienes y dejo una hija nombrada Deicy Trinidad Moreno, de manera que este Juzgado ha podido constatar que si bien existe un error en el acta de defunción del de cujus, tal y como lo alega la solicitante, este mal puede declararla como única heredera cuando del acta de defunción se evidencia otra situación, por tanto antes de solicitar la Declaración de Únicos y Universales herederos la solicitante debe realzar la rectificación del acta de defunción para que su solicitud sea procedente