DISPOSITIVO
CON LUGAR, la aclaratoria solicitada por la apoderada judicial del CONDOMINIO DEL EDIFICIO EL VALLE DEL CONJUNTO RESIDENCIAL CIUDADELA FARÍA, y en consecuencia queda redactado el aparte SEGUNDO del dispositivo de la sentencia dictada en fecha veintiocho (28) de Julio del año dos mil ocho (2008) de la siguiente manera: "SEGUNDO: se condena a la parte demandada, ciudadana MARÍA DEL CARMEN PEÑA GUTIERREZ a cancelar la cantidad de CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO BOLÍVARES (Bs. 4.938, oo) por los siguientes conceptos: 1) Nueve (09) cuotas ordinarias de condominio correspondiente a los meses de Enero, Febrero, Marzo, Abril, Mayo, Junio, Julio, Agosto y Septiembre del año dos mil cinco (2005) por un monto de cien mil bolívares (Bs. 100.000, oo) ó cien bolívares (Bs. 100,oo) cada una de ellas, aplicando la reconversión monetaria que entró en vigencia el primero (01) de Enero del año dos mil ocho (2008). 2) Tres (03) cuotas ordinarias de condominio correspondiente a los .....