DISPOSITIVO
Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
CON LUGAR la demanda que por Resolución de Contrato de arrendamiento intentó la Sociedad Mercantil Definosca en contra de la ciudadana Belkys Magdalena Roncajolo, y en consecuencia:
Se declara resuelto el contrato de arrendamiento celebrado por ante Notaría Pública Tercera de Maracaibo en fecha 03 de mayo de 2002, anotado bajo el N°. 39, Tomo 33, y por último en la Notaría Pública Séptima del Municipio Autónomo Baruta del Distrito Metropolitano de Caracas en fecha 10 de julio de 2002, anotado bajo el N°. 42, Tomo 33 de los libros llevados por ante esa notaría.
Se ordena la entrega del inmueble a la sociedad mercantil DEFINOSCA, el cual está constitu.....