DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE POR RAZÓN DE LA CUANTÍA, para seguir conociendo de la presente causa intentada por las ciudadanas MARIA EUGENIA RINCÓN RIERA y LAURA MARÍA RINCÓN RIERA, contra la SOCIEDAD MERCANTIL TRANSPORTE Y DISTRIBUIDORA DE CEMENTO (TRADICEYCAL, C.A.), ya identificados en autos.
En consecuencia:
1) Se ordena remitir el expediente al Tribunal de Primera Instancia del Transito y Agrario de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, a los fines de que siga conociendo la presente causa. Remítase con oficio.
2) No hay condenatoria en costas debido a la naturaleza de la decisión.
Expídase copia certificada por secretaría y archívese en el Tribunal de conformidad con lo establecido en el ar.....