DECISIÓN
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
CON LUGAR la demanda intentada por los Abogados LUIS MELENDEZ y REIDELMIX BARRIOS, actuando como Endosatarios en Procuración del ciudadano TITO MELENDEZ, en contra de la ciudadana MERCEDES VILLALOBOS DE VALBUENA, todos plenamente identificados.
Se condena en costas a la parte demandada, por resultar totalmente vencida en la incidencia y en el proceso principal de conformidad con las previsiones del artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese copia certificada del presente fallo de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE