En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus NELLY DEL CARMEN VILLALOBOS DE MERCADO, a los ciudadanos JUSTO MANUEL MERCADO BENAVIDES, SERGIO VILLALOBOS DÍAZ, CILA ANGELA VILLALOBOS DE ROMERO, NERCILA JOSEFINA VILLALOBOS DE PETIT, HAYDEE GUADALUPE FUENMAYOR VILLALOBOS e YRIS MARÍA FUENMAYOR VILLALOBOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V-12.457.291, V-1.663.148, V-1.686.082, V-3.509.514, V-7.626.993 y V-7.626.995 . ASÍ SEDECLARA.- SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse los originales con sus resultas, previa certificación a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal. As.....