En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus JOSÉ BALDOMERO JIMÉNEZ CUICAS, a los ciudadanos YOLANDA JOSEFINA LEAL DE JIMÉNEZ, CRISTHIANS CAROLINA JIMÉNEZ MONTILLA, NOLEIDA MARGARITA JIMÉNEZ LEAL, NOHELIT YARITZA JIMÉNEZ LEAL, JOSÉ BALDOMERO JIMÉNEZ LEAL y NEYDA MARÍA JIMÉNEZ LEAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número V-5.069.185, V-20.283.595, V-12.175.383, V-12.182.222, V-14.654.057 y V-14.654.058, respectivamente. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Expídanse dos (02) copias certificadas de la solicitud a los fines de ser entregadas al solicitante. Devuélvanse los origina.....