En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del extinto NELSON DE JESÚS CHÁVEZ a los ciudadanos MIRVA ANTONIA REVEROL PÉREZ, FRANCIS CHIQUINQUIRÁ CHÁVEZ REVEROL, JOSÉ GREGORIO CHÁVEZ REVEROL, ENDRY JESÚS CHÁVEZ STHORMES y YONELKY YELAINE CHÁVEZ STHORMES , titulares de la cédula de identidad número V-5.050.406, V- 15.061.061, V-11.860.389, V-23.441.515 y V-16.457.336. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse los originales con sus resultas, previa certificación a los fines de que reposen en el archivo del Tribunal. Asimismo, se ordena expedir dos (02) juegos de copias certificadas del presente expediente a los fines.....