Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Noveno de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara COSUMADA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio intentado por la ciudadana MARITZA DE LOS ANGELES FUNMAYOR contra el ciudadano EUGENIO RINCON ARSUZA, ambas partes plenamente identificadas en autos.
Se ordena entregar por secretaria, los instrumentos fundamentales de la pretensión, previa certificación de actas.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Déjese copia certificada del presente fallo de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Se deja expresa constancia que la parte actora estuvo representada por la Profesional del Derecho ciudadana SOFIA BELEN ALARCON DE BOSCAN.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE y NOTIFÍQUESE.-