En consecuencia, este JUZGADO NOVENO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme con lo establecido en los artículos 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus MERVIN WILLIAMS VILLALOBOS MOLERO a los ciudadanos ALIZAIDA JOSEFINA OROZCO DE VILLALOBOS, MERVIN WILLIAMS VILLALOBOS OROZCO, MERALIZ JOSEFINA VILLALOBOS OROZCO y MIGUEL ÁNGEL VILLALOBOS OROZCO, titulares de la cédula de identidad número V-4.529.293, V-13.628.180, V-14.544.967 y V-17.184.026, respectivamente. ASÍ SE DECLARA.- SE DEJAN A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Expídanse cinco (05) juegos de copias certificadas del presente expediente a los fines de que sean entregados a la parte requirente. Devuélvanse los originales con sus resultas, previa certificación, a los fines de que reposen.....