Por lo ante expuesto, este Juzgado Octavo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
¿ PRIMERO: Que el intimante tiene derecho a percibir honorarios por las diligencias extrajudiciales emprendidas por orden y cuenta del ciudadano JOSÉ ALBINO SIMANCA.
¿ SEGUNDO:.CON LUGAR la pretensión que por Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales Extrajudiciales incoara el Abogado en ejercicio JAIME FERNÁNDEZ LEÓN contra el ciudadano JOSÉ ALBINO SIMANCA, plenamente identificado y, en consecuencia, se ordena al aludido ciudadano pagar al actor como Honorarios Profesionales Extrajudiciales, la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000.000,00), y ASÍ SE DECIDE.-
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PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE