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Decisiones del dia 20/02/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Octavo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : 2689 N° Sentencia : 198 Fecha: 20/02/2008
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
LUIGI DEL SAVIO ROSSI,
Resumen:
Por otra parte, observa el Tribunal, que la parte actora fundamenta su demanda en documento privado de fecha 06 de marzo de 2006, y el mismo debe ser ratificado en juicio por quienes lo suscriben. En base al criterio casacional antes descrito, donde se establece que la prueba que constituya presunción grave de que quede ilusoria la ejecución del fallo y el derecho que se reclama debe consignarse al momento de Introducir la respectiva solicitud de Medidas y como de las actas que integran el cuaderno de medidas y la pieza principal no consta el extremo que exige el Artículo 585 de la Ley Adjetiva Civil, es decir, no existe ningún documento que haga prueba del referido requisito periculum in mora, por lo tanto, al faltar uno de ellos, no es posible decretar la cautelar solicitada, de allí, que este Jurisdicente comparta la opinión del Dr. Ricardo Henríquez La Roche, donde dejó sentado lo siguiente: "incurriría el Juez en infracción del Artículo 585, si decretare la medida en la sola cons.....
Juez/Ponente:
Iván Pérez Padilla
Organo:
Juzgado Octavo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente : 2685 N° Sentencia : 197 Fecha: 20/02/2008
Procedimiento:
Resolucion De Contrato
Partes:
MÉRIDA CRIOLLO DE SÁNCHEZ,
Resumen:
En base al criterio casacional antes descrito, donde se establece que la prueba que constituya presunción grave de que quede ilusoria la ejecución del fallo y el derecho que se reclama debe consignarse al momento de Introducir la respectiva solicitud de Medidas y como de las actas que integran el cuaderno de medidas y la pieza principal no consta el extremo que exige el Artículo 585 de la Ley Adjetiva Civil, es decir, no existe ningún documento que haga prueba del referido requisito periculum in mora, por lo tanto, al faltar uno de ellos, no es posible decretar la cautelar solicitada, de allí, que este Jurisdicente comparta la opinión del Dr. Ricardo Henríquez La Roche, donde dejó sentado lo siguiente: "incurriría el Juez en infracción del Artículo 585, si decretare la medida en la sola consideración a la existencia de la presunción grave del derecho reclamado".- Por los fundamentos expuestos en líneas pretéritas, este Tribunal Octavo de los Municipios Maracaibo, Jesús En.....
Juez/Ponente:
Iván Pérez Padilla
Organo:
Juzgado Octavo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente : 2692 N° Sentencia : 199 Fecha: 20/02/2008
Procedimiento:
Desalojo
Partes:
VIKKI KAR FRANCO CALDERAS
Resumen:
En base al criterio casacional antes descrito, donde se establece que la prueba que constituya presunción grave de que quede ilusoria la ejecución del fallo y el derecho que se reclama debe consignarse al momento de Introducir la respectiva solicitud de Medidas y como de las actas que integran el cuaderno de medidas y la pieza principal no consta el extremo que exige el Artículo 585 de la Ley Adjetiva Civil, es decir, no existe ningún documento que haga prueba del referido requisito periculum in mora, por lo tanto, al faltar uno de ellos, no es posible decretar la cautelar solicitada, de allí, que este Jurisdicente comparta la opinión del Dr. Ricardo Henríquez La Roche, donde dejó sentado lo siguiente: "incurriría el Juez en infracción del Artículo 585, si decretare la medida en la sola consideración a la existencia de la presunción grave del derecho reclamado".- Por los fundamentos expuestos en líneas pretéritas, este Tribunal Octavo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enr.....
Juez/Ponente:
Iván Pérez Padilla
Organo:
Juzgado Octavo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente : 2659 N° Sentencia : 204 Fecha: 20/02/2008
Procedimiento:
Cumplimiento De Contrato De Arrendamiento
Partes:
EVA FRANZESE VIUDA DE GRECO Y FRANCISCO GRECO FRANZESE VS, BONTY PATERNINA PIEDRAHITA Y LEONARDO ALEXANDER RIVERO,
Resumen:
Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza del argumento vertido en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, lo siguiente: 1) Declara consumado el desistimiento hecho por la parte actora en fecha 19 de Febrero de 2008. 2) Se ordena archivar el expediente y su envío al Archivo Judicial Regional. ARCHÍVESE. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.
Juez/Ponente:
Iván Pérez Padilla
Organo:
Juzgado Octavo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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