Por los fundamentos expuestos en líneas pretéritas, este Juzgado Octavo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Parcialmente con Lugar, el acto procesal por antonomasia que contiene la pretensión y el derecho material de la actora, esto es, la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES mediante el procedimiento monitorio incoara la ciudadana JOHANNA YEDDY FERNÁNDEZ CHACÍN contra los ciudadanos WILSON JOSÉ VALLES FLORIAN y LENNYS JOSEFINA PEROZO ESCANDELA.
SEGUNDO: Se condena al co-demandado de autos ciudadano WILSON JOSÉ VALLES FLORIAN, pagarle a la actora la cantidad de SESENTA Y CINCO MIL BOLÍVARES (Bs. 65.000,00), por concepto de capital adeudado; la suma de CINCO MIL CIENTO DIECINUEVE BOLÍVARES CON OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS (Bs. 5.119,86) por concepto de intereses calculados p.....