Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS propuesta por los ciudadanos ALBERTO JOSÉ IGUARAN y ARACELIS DEL VALLE JIMÉNEZ MALAVE, y en consecuencia, DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL, contraído el treinta y uno (31) de marzo del año dos mil nueve (2009), por ante las Autoridades Civiles, de la Parroquia San Isidro del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según Acta de Matrimonio acompañada a las actas en copia certificada signada con el No. 018.