Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, en consecuencia, ordena:
PRIMERO: Rectificar el acta de Matrimonio N° 349 de los ciudadanos DANIEL BAUTISTA VASQUEZ y CLAUDIA ALEJANDRA CASTILLO COSSIO, asentada en fecha veintiocho (28) de agosto de 2008 en los libros llevados por la hoy Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa de este Municipio Maracaibo del Estado Zulia y que por duplicado lleva la Oficina del Registro Principal del Estado Zulia, en el sentido, que se corrija en su contexto lo siguiente:
A.- En su contenido donde se lee "natural de Colombia" siendo lo correcto "natural de República Dominicana" y donde se lee "AEEJANDRA", lo correcto es "ALEJANDRA". Así se declara.-
SEGUNDO: Remitir copias certificad.....