Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la transcrita norma, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDERAS de la de cujus CRISBEL CAROLINA MONTIEL VILLALOBOS a los ciudadanos LENA BEATRIZ VILLALOBOS MONTIEL y LUIS GUSTAVO MONTIEL ARAUJO, en su condición de Madre y padre.
Se dejan a salvo los derechos de terceros.
Se ordena expedir dos (02) copias certificadas de todas estas actuaciones.
Se declara terminado el presente procedimiento; devuélvanse los originales, previa certificación de los mismos en actas.