Por los fundamentos expuestos:
Este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos ANGEL GONZÁLEZ y LUZ MARINA GARCIA, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 26 de julio de 1996, por ante el Prefecto y Secretario del Municipio Sucre del Estado Miranda, según consta en la copia certificada del acta de matrimonio signada con el No. 231.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que procrearon un (1) hijo de nombre FRANCISCO ANTONIO GONZÁLEZ GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.446.347, y no adquirieron bienes que repartir.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada de este fall.....