DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
1. LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio que por COBRO DE BOLIVARE VIA EJECUTIVA seguido por el CONJUNTO RESIDENCIAL VIVIENDAS SOCIALES, COMPAÑÍA ANONIMA (VISOCA), en contra de la ciudadana CRISTINA DEL CONSUELO CHIRINOS CASTILLO, por inactividad de las partes durante un lapso superior al año previsto en el acápite del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
2. No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Se deja constancia que la parte demandante estuvo asistida por la profesional del Derecho NORIMA CARRASQUERO, inscrita ante el Instituto de P.....