Por los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA SIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la reclamación interpuesta por el ciudadano NERWIN BALZAN FLORES, por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales en contra del ciudadano EUDOMAR RAMON POLANCO, ambos anteriormente identificados.
Se ordena a la parte demandada a cancelarle al actor la cantidad de DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA BOLIVARES (Bs. 2.293.680,00).
SEGUNDO: La cantidad que resulte del cálculo de los intereses moratorios causados por la cantidad indicada en el particular primero del dispositivo de esta sentencia, esto es, DOS MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA BOLIVARES (Bs. 2.293.680,00), y que deben ser calculados desde el día 20 de septiembre de 2001, fecha en la cual terminó la relación labor.....