Por los fundamentos expuestos:
Este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos ESMEIRO JOSÉ BRACHO NAVARRO y LESBIA JOSEFINA FLORES MENDOZA, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 05 de agosto de 1985, por Registro Civil de la Parroquia Cristo de Aranza del Municipio Maracaibo del estado Zulia, según consta en la copia certificada del acta de matrimonio signada con el No. 441.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que procrearon cinco (5) hijas de nombre LESBY RADY BRACHO FLORES, ESMEIRO ROSENDO BRACHO FLORES, DIMAS DARIO BRACHO FLORES, ALEJANDRO JOSÉ BRACHO FLORES y LEIDIMAR CAROLINA BRACHO FLORES, y no adquiriero.....