En consecuencia, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la conversión a DIVORCIO de la SEPARACION DE CUERPOS de fecha catorce (14) de enero del año dos mil trece (2013), en consecuencia queda DISUELTO el MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos NICOLO MASSIMO SAMPIERI BATTAGLIA y MARÍA VIRGINIA ROMERO BARBOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.-11.949.286 y V.-14.946.160 respectivamente, el día siete (07) de octubre del año dos mil once (2.011), por ante el Registrador de la Dirección del Registro Civil Municipal de Maracaibo estado Zulia, según consta en copia certificada signada con el No.009, inserta en el expediente.
Asimismo se deja establecido según pronunciamiento de los solicitantes que durante la unión matrimonial no procrea.....