DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la pretensión por ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES incoada por la ciudadana LORENA CORDERO GARCÍA en contra de MODESTA TANG YORIS, ambas partes plenamente identificadas en las actas procesales.
En consecuencia, se condena a la parte demandada ciudadana MODESTA TANG YORIS, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad N° 4.105.871, domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a pagar la cantidad de CUARENTA MIL BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS DE BOLÍVAR (Bs. F. 40.000,00), por concepto de Honorarios Profesionales calculados en un treinta por ciento (30%).
Se deja constancia que la profesional del .....