Por los fundamentos expuestos:
Este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185 A propuesta por los ciudadanos YELIN DE LA TRINIDAD VILLALOBOS TORRES y GEOVANNY ENRIQUE GARCÍA PABON, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día treinta (30) de diciembre de 1988, por ante el Jefe Civil y Secretaria del Municipio Cacique Mara , hoy Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según consta en la copia certificada del acta de matrimonio signada con el No.1693.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que no procrearon hijos y no adquirieron bienes.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Déjese copia certificada de este fallo de conformidad c.....