decreta Medida Preventiva de Secuestro sobre: Un (1) local comercial signado con el N° 2, que forma parte de una edificación comercial signada con el número 7-77, situado en la calle 96 (Ciencias) con avenida 8 (Páez), de la parroquia Bolívar del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.- Para la ejecución de las medidas decretadas se comisiona suficientemente a los Juzgados de Municipios con competencia especial para ejecutar medidas en los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada, San Francisco, Mara, Páez y Almirante Padilla de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.- Líbrese exhorto de medida de secuestro y de embargo preventivo con las inserciones legales pertinentes y remítase con oficio.-
LA JUEZA TITULAR,
Dra. MARIELA DE LA PAZ SUAREZ SILVA
LA SECRETARIA,
Abog. ELIBETH VILCHEZ FERRER
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto, se libró exhorto .....