Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. La HOMOLOGACION del desistimiento de la acción y del procedimiento del juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO ha incoado la sociedad mercantil MERCANTIL, C.A, contra el ciudadano NORBERTO SEGUNDO CUBILLAN FUENMAYOR.
2. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.