Este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, del de-cujus ANGEL ENRIQUE FINOL ACOSTA, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-1.687.676, fallecido ab-intestato el día dieciséis (16) de Abril de 2005, con domicilio en la Parroquia Cecilio Acosta del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a sus hijos ANGEL ENRIQUE FINOL SÁNCHEZ, EZEQUIAS GABRIEL FINOL SÁNCHEZ y DAVID ANTONIO FINOL SÁNCHEZ, y a su esposa ESTHER SÁNCHEZ VIUDA DE FINOL, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-