Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
Consumado el acto procesal del convenimiento, en el juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO y COBRO DE BOLÍVARES, que intentaron los apoderados judiciales del ciudadano BENITO ANTONIO MENDEZ RIVERO, abogados en ejercicio ALFREDO HERNANDEZ y FRANKLINS DELGADO, contra el ciudadano JULIO ERNESTO VEGA, identificados en la parte narrativa de este fallo, homologándolo e impartiendo su aprobación y dándole el carácter de cosa juzgada, sin embargo esta Juzgadora se abstiene de ordenar el archivo del expediente, hasta tanto no conste en actas el cabal cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente convenimiento. Y ASÍ SE RESUELVE.