este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus DAVID RAMÓN MEDINA, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-2.868.016, con domicilio en el municipio Maracaibo del estado Zulia, fallecido ab-intestado el día once (11) de septiembre de 2013, a su esposa ciudadana DANNY DEL CONSUELO TOLEDO VIUDA DE MEDINA y a sus hijos ciudadanos JESUS ANGEL MEDINA TOLEDO, YAMELY JOSEFINA MEDINA TOLEDO y DAVID SEGUNDO MEDINA TOLEDO, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas a la parte interesad.....