Este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS POR MUTUO CONSENTIMIENTO, propuesta por los ciudadanos JOSÉ RAFAEL BUSTILLOS MENDOZA Y BETTY CAROLINA NAVA CALLES y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL, contraído por los mencionados ciudadanos, en fecha veintiséis (26) de Diciembre del año dos mil seis (2006), ante la Prefecto y el Secretario de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el No. 478, folio 0170, del año 2006, acompañada a los autos en copia certificada.
Se ordena oficiar a la Jefatura Civil de la Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, así como al Registro Principal del Estado Zulia, a objeto de que se estampe la Nota Marginal correspondiente.