Por los fundamentos expuestos, este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO, propuesta por los ciudadanos, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL, contraído por los ciudadanos, EDUARDO JUNIOR VILLALOBOS VILLALOBOS y CONSUELO NOELIA ESCALANTE ARELLANO, en fecha ocho (08) de noviembre de 2008, ante el Registro Civil del municipio Michelena del estado Táchira, tal como se evidencia de Acta de Matrimonio signada con el No 52, acompañada a los autos en copia certificada.-