En consecuencia este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus ANGEL ANTONIO NAVARRO LAVARQUE, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 265.403, con domicilio en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, fallecido ab-intestato el día veinte (20) de Enero de 2004, en jurisdicción del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a sus hijos ciudadanos ZAYDEE DEL CARMEN NAVARRO MOTA, NELLY WILLIAM NAVARRO MOTA, MERVA MILUME NAVARRO MOTA, BELINDA MANUELA NAVARRO CASTRO, ANTONIO ALCIDES NAVARRO CASTRO, ANGEL ANTONIO NAVARRO CASTRO y WILLIAM CRISOSTOMO NAVARRO CASTRO plenamente identificados ut supra, DEJANDOS.....