declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO intentó el ciudadano JOSÉ PIRELA, contra la ciudadana IDALMIS BOSCAN, plenamente identificados en actas.
SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada a hacer entrega material de un bien inmueble propiedad de la parte actora, constituido por una casa signada con el No. 42B-38, situada en la calle 173 de la urbanización La Coromoto, en jurisdicción del municipio San Francisco del estado Zulia; según consta de documento protocolizado en fecha 14-08-2009 ante la Oficina de Registro público del municipio San Francisco del estado Zulia, bajo el No. 31, tomo 10, protocolo 1° del tercer trimestre.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada por haber sido totalmente vencida en el presente fallo, de conformidad con en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.