Por los fundamentos expuestos, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos, CIRA JOSEFINA INCIARTE BRIÑEZ y OSCAR JOSE FERNANDEZ FERNANDEZ, en fecha veinticuatro (24) de noviembre de 1972, ante el Jefe Civil y Secretario de la parroquia La Concepción del municipio Jesús Enrique Lossada del estado Zulia, tal y como se evidencia del acta de matrimonio signada con el No. 119, acompañada a los autos en copia certificada.