Este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los de-cujus, ciudadana NEIDA TAHIS PARRA, quién en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.931.102, domiciliada en el municipio Machiques de Perija del estado Zulia, fallecida ab-intestato el día diecinueve (19) de noviembre de 2.011, tal como se evidencia en la copia certificada del acta de defunción No. 32, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia San Bartolomé de las Casas del municipio Machiques de Perija del estado Zulia, a los ciudadanos CARLOS ALFREDO TUBIÑEZ PARRA, GUZMAN ENRIQUE TUBIÑEZ PARRA, GERMAN AOGUSTO TUBIÑEZ PARRA y GERMAN ENRIQUE TUBIÑEZ GONZALEZ plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. Así se Declara.