PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Sexto de los Municipio Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara: CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO intentó el ciudadano ERICK LANDAEZ ARTEAGA en contra de la ciudadana LEONOR CHIQUINQUIRÁ LABARCA MONTILLA, antes identificadas. En consecuencia:
1- Se ordena a la parte demandada ciudadana LEONOR CHIQUINQUIRÁ LABARCA MONTILLA, a darle cumplimiento a los establecido en la Cláusula Décima Segunda del Contrato de Arrendamiento suscrito en fecha 27 de enero de 2006, ante la Notaría Pública de San Francisco, Estado Zulia y anotado bajo el N°. 83, tomo 9°, relativa a la devolución a la parte actora ciudadano ERICK LANDÁEZ ARTEAGA de la cantidad de UN MILLÓN OCHOCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.800.000,oo), entregados.....