Por ello, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus, ciudadanoROBINSON ANTONIO ROMERO, quién en vida fuera venezolano, titular de la cédula de identidad No. 2.882.211 domiciliado en esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, fallecido ab-intestato el día nueve (09) de enero de 1995, tal como se evidencia en la copia certificada del acta de defunción No. 03, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Cacique Mara de esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, a los ciudadanos ANTONIA ROSALES DE ROMERO, VERONICA DEL CARMEN ROMERO ROSALES, ROBINSON ANTONIO ROMERO, CLAUDIO ANTONIO ROMERO ROSALES, MELVIN ENRIQUE ROMERO ROSALES y MAURICIO ANTONIO ROMERO ROSALES, EDUARDO ENRIQUE OCANDO ROMERO y YOEL ENRIQUE OCANDO ROMERO plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS. ASI SE DECLARA.
Devuélvanse estas actuaciones originales con sus resultas a la parte interesada. Asimismo se ordena expedir por secretaría t.....