Este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: Consumado el acto procesal del desistimiento del procedimiento, en la demanda por NULIDAD DE VENTA DE ACCIONES, instaurada por el ciudadano JOHAN MANUEL PAZ ARENAS, asistido en ese acto por la abogada en ejercicio MARIA TAPIA ZAMBRANO, contra los ciudadanos ELIZABETH MARIA RONDON VALERO, EDGAR MARINO RONDON y COROMOTO DE LA CRUZ VALERO DE RONDON, plenamente identificados en actas del presente fallo, impartiendo su aprobación y dándole el carácter de cosa juzgada. ASÍ SE DECIDE.