esta JUZGADA SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, e igualmente de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 y siguiente del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS de la de-cujus SARA ELENA BARBOZA DE BOSCAN, quién en vida fuera venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-2.873.336, con domicilio en esta ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, fallecida ab-intestata el día dieciocho (18) de junio del año 2007, a su esposo ciudadano ELIO ANTONIO BOSCAN CARDOZO y a sus hijos ciudadanos MARIANELA CHIQUINQUIRA BOSCAN BARBOZA, EDIPSON RAMÓN BOSCAN BARBOZA, MARISAY CHIQUINQUIRÁ BOSCAN BARBOZA, EDWAR RAMÓN BOSCAN BARBOZA y MARÍA CHIQUINQUIRÁ BOSCAN BARBOZA, plenamente identificados ut supra, DEJANDOSE A SALVO LOS DERECHOS DE TERCEROS.
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