Este JUZGADO SEXTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de acuerdo con lo establecido en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus, GIROLAMO CLEMENZA CHIARAMONTE, quién en vida fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.782.375, domiciliado en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, fallecido ab-intestato el día tres (03) de mayo de 2009, tal como se evidencia en la copia certificada del acta de defunción No. 179, expedida por la Unidad de Registro Civil de la parroquia Bolívar de esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, a sus hijos JACKELINE JOSEFINA CLEMENZA MONTIEL, JAVIER JOSE CLEMENZA MONTIEL, JONATHAN GREGORIO CLEMENZA MONTIEL, YENNIS CAROLINA CLEMENZA MONTIEL, JANETH CAROLINA CLEMENZA AVILA, .....