DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto éste JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana YENCIRA BEATRIZ GONZALEZ ROMERO en contra de la ciudadana BEATRIZ JOSEFINA PADRON VILLALOBOS, todas antes identificadas, en consecuencia se DECLARA Resuelto el Contrato de Arrendamiento celebrado en fecha 12 de agosto del año 2.005, autenticado por ante la Notaría Pública Quinta de Maracaibo, anotado bajo el No.46, tomo 121, y en consecuencia se condena a la demandada a hacerle entrega a la demandante totalmente desocupado de personas y bienes muebles el inmueble constituido por un apartamento distinguido con la siglas No.2D, ubicado en la segunda planta del edificio Residencia "Don Mario", situado en la avenida 56-B, con calle 97, urbanización La Paz del Barri.....