PRIMERO: se le adjudicaran a los cónyuges JORGE LUIS BARRANTE POLANCO y LUZ MARINA PANA en partes iguales, es decir (50% para cada uno), los derechos que le corresponden a JORGE LUIS BARRANTE POLANCO, sobre sus prestaciones sociales, fideicomiso, caja de ahorros y demás beneficios laborales adquiridos durante su desempeño en la empresa CARBONES DEL GUSARE C.A.-
De esta manera los aludidos ciudadanos solicitan a este Tribunal que cumplidos como han sido los tramites de Ley, se sirva impartir su aprobación al presente convenimiento de Partición de Liquidación de bienes de la comunidad conyugal, lo homologue y lo pase en autoridad de cosa juzgada, razón por la cual, cumplidas como han sido las formalidades de Ley y vista la partición amigable realizada por ellos, no es contraria a la Ley, al orden público o a las buenas costumbres, la encuentra conforme y según lo previsto en el articulo 788 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el acto, lo homologa y le da el carácte.....