En virtud de lo antes expuesto, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.-) CON LUGAR, la demanda interpuesta por el ciudadano DARWIN JOSE GARCIA, en contra de la Sociedad Mercantil FABRICA DE HIELO MONTREAL C.A. (FAHIMONCA), ambas partes identificadas en autos, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
2.-) Se ordena a la demandada Sociedad Mercantil FABRICA DE HIELO MONTREAL C.A. (FAHIMONCA), a pagar, por motivo de prestaciones sociales de demás conceptos laborales, la cantidad de MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS CON CUARENTA Y CINCO BOLÍVARES (Bs.1.232,45), más la cantidad que resulte de la indexación ordenada al cuerpo de este fallo.
Se condena en costas a la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resu.....