En virtud de lo antes expuesto, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.-) PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda interpuesta por la ciudadana MARIA ROSA LEON DE MORALES, en contra del ciudadano JESUS A. CORDERO ambas partes identificadas en autos, por DESALOJO.
2.-) Se ordena a la parte demandada al pago de la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.F.600), cantidad que corresponde al pago de los cánones vencidos, más los meses que sigan venciéndose hasta que el inmueble sea entregado completamente desocupado de personas y de bienes.
3.-) Se ordena al demandado JESUS A. CORDERO, entregar totalmente desocupado de personas y cosas, el inmueble antes descrito y objeto de la presenta demanda, en el mismo estado en que lo recibió.
4) Se ordena una Experticia complementaria del f.....