Este JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos JESUS MARIA HERRERA GUTIERREZ y GLADYS ESTHER MOLINA REALES, plenamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 30 de Marzo de 1966, por ante el Jefe Civil y Secretario respectivamente de la Parroquia Cristo de Aranza, del Municipio Maracaibo, del Estado Zulia, Acta Nro.182.
Dejándose constancia expresa que los ciudadanos antes identificados manifestaron, que procrearon tres (03) hijos, todos mayores de edad tal y como se desprende de las Actas de Nacimiento que consignaron a las actas procesales y durante la unión matrimonial no obtuvieron bienes que pertenezcan a la comunidad conyugal.