Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DELA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la cuestión previa opuesta por el ciudadano LUIS EDUARDO GRANADILLO GOVEA, establecida en el ordinal 1º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil contra la demanda interpuesta por la ciudadana LISBETH DEL CARMEN ALVAREZ SULBARAN.En consecuencia:
Se ordena el archivo del expediente de conformidad con lo establecido en el primer aparte del artículo 61 del Código de Procedimiento Civil vigente.
Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida en presente causa.