DISPOSITIVO
Por los hechos y fundamentos de derecho antes expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar IMPROCEDENTE la presente acción de Desalojo intentada por el ciudadano ALFREDO ANTONIO LÓPEZ CHÁVEZ, en contra de la ciudadana LILIA MIREYA RUÍZ DE ARAUJO, ambos identificados en la parte narrativa del presente fallo.
De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante por haber sido vencida totalmente en el presente procedimiento.
Se hace constar que los Abogados en ejercicio DUBIA PAREDES y EDDY RAMÍREZ, obraron en el proceso con el carácter de Apoderados Judiciales de la parte demandante; y que los.....