DISPOSITIVA.-
En virtud de los fundamentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Reivindicación incoada por los ciudadanos ALBERTO JOSÉ GONZÁLEZ y MARÍA SABINA TORO DE GONZÁLEZ, contra el ciudadano FRANCISCO JOSÉ GONZÁLEZ TORO, todos previamente identificados.
En consecuencia, se ordena al ciudadano FRANCISCO JOSÉ GONZÁLEZ TORO la entrega del inmueble ubicado en el Barrio 18 de Octubre antes Barrio Monte Claro, Avenida 2, Calle K, signado con el número 2-05, en Jurisdicción del antiguo Municipio Coquivacoa del Distrito Maracaibo, hoy Parroquia Coquivacoa del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, el cual posee una superficie aproximada de Doscientos Veinticinco Metros Cuadrados (225M2), cuyos linderos y medidas.....